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  • #1795 Responder
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    Muy buenas a todos!!

    Me llamo Iván y soy nuevo por aquí. Os cuento un poco de mí y expongo mi dilema.

    Me flipa muchísimo el mundo aeronáutico. Todo lo relacionado con la aviación me llama mucho la atención y quiero aprenderlo todo!! Sin embargo tampoco me gusta tirar el tiempo. Actualmente soy piloto, me quité el ATPL(CPL por ahora) hace cuestión de dos años. Ahora mismo estoy trabajando de piloto de Cessna Citation C525 y en mis ratos libres soy instructor en una escuela de vuelo.

    El caso es que tengo curiosidad por el LMA y me supondría un reto más a superar. Lo cierto es que el temario me viene sonando bastante y estudiar se me da bastante bien, por lo que me parece asequible en ese sentido.

    Ahora bien, la idea sería sacármelo por libre lo que me conlleva trabajar un montón de años para recibir la licencia. Pero y cuando acabe los exámenes, recibo algo previo a la licencia? Algo que demuestre que he superado esos exámenes? Además creo haber leído que tengo 10 años desde que me saco los exámenes. ¿Es así?

    Había pensado en sacarme la B1.2 ya que me abriría un poco las puertas a hacer alguna hora de trabajo en la escuela en la que curro. Pero de los años necesarios de experiencia, hay algo específico de que tiene que ser contratado a jornada completa? O simplemente si la empresa de trabajo indica que llevas X tiempo ahí trabajando es suficiente?

    Por otro lado, si yo me saco por ejemplo la B1.2, sin la experiencia puedo seguir sacándome otras licencias? O primero tengo que tener la primera licencia para ir sacando otras? Y si saco la de pistón, tiene que ser experiencia exclusiva en pistón?

    Ya veis que tengo bastantes preguntas y la pega básicamente es que no me gustaría tirar el dinero ni el tiempo en sacarme una licencia que después será muy difícil de obtener y que solo me encontraré con trabas a la hora de desarrollar la profesión. No me importa el tiempo que pueda llevarme siempre que sea viable.

    Cómo lo veis? Me merece la pena meterme en esta aventura? O mejor me busco otras cosas que estudiar?

    #1797 Responder
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    Superadministrador

    Hola Iván,

    Cuando terminas los exámenes, te dan un certificado que reconoce los módulos que has aprobado. De hecho ese certificado lo puedes pedir en cualquier momento, para ir mostrando cuántos módulos aprobados tienes.

    Se supone que en 10 años has tenido que aprobar todos los exámenes y haber conseguido la experiencia necesaria para expedir la licencia. A la hora de expedir la licencia, no solo cuentan los años, también cuenta que has trabajado en todas las áreas del avión, es decir, te pueden echar atrás expedir una licencia si solo has trabajado en unas zonas determinadas del avión y no en su totalidad.

    Respecto a los módulos de las licencias, puedes ir estudiando todos los módulos que quieras aunque sean de licencias diferentes y no hace falta tener una licencia primero para estudiar una segunda.

    Un saludo.

    #1799 Responder
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    Superadministrador

    Genial!! Muchísimas gracias por contestar.

    Ah vale, que son 10 años desde que empiezas con los exámenes. Y qué sucede cuando pasa ese tiempo si no tienes la experiencia necesaria? Pierdes todo? Creo que para el B1.2 son 3 años por libre por lo que lo veo viable. Le daré unas vueltas al asunto a ver que hago!!

    #1801 Responder
    Foto del avatarTMAS Aviación
    Superadministrador

    Tengo pendiente una llamada a AESA para confirmar qué ocurre en ese caso, pero todo parece indicar que los módulos van caducando según llegan a los 10 años que los aprobaste.

    En cuanto llamé y tenga la información lo publico.

    Un saludo.

    #1803 Responder
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    Superadministrador

    Vale algo he leído al respecto en la guía de usuario de licencias LMA parte 66.

    -2.3.2. CONOCIMIENTOS BÁSICOS EXIGIDOS
    Los requisitos de conocimientos básicos exigidos deberán cumplir con el Apéndice I del Anexo III (Parte
    66) siendo las materias incluidas por categorías las que detallan en los siguientes apartados.
    Dichos conocimientos básicos deberán acreditarse aportando los correspondientes certificados de
    superación de los exámenes correspondientes a los módulos exigidos según el Apéndice I y II de la Parte
    66 en cuanto al tipo de examen, evaluación, nivel requerido, etc.
    El examen será realizado por una organización de formación debidamente aprobada de conformidad
    con lo dispuesto en el anexo IV (Parte 147) o por la autoridad competente.
    Los cursos de formación y los exámenes se realizarán en los 10 años anteriores a la solicitud de la
    licencia de mantenimiento de aeronaves o de la adición de una categoría o subcategoría a dicha licencia.

    Básicamente creo que de tener fecha anterior pues directamente echarán atrás la licencia inicial…

    Aunque también es cierto que dice que se empezará a aplicar en el futuro…

    El requisito relativo a la necesidad de que los conocimientos basicos y la experiencia deben haberse
    adquirido en los 10 años anteriores a la solicitud de la emisión de una licencia de mantenimiento de
    aeronaves o de la adiccion de una categoria o subcategoria a dicha licencia, será aplicable a partir del 01
    de Agosto de 2022

    Dejo enlace por aquí de la guía:

    https://www.seguridadaerea.gob.es/me…dsm_p66_04.pdf

    Y ya continuando con las dudas… ¿Qué cursos considera AESA como formación relevante? Por ejemplo en lo que a experiencia se refiere:

    2.3.4.1 CATEGORIA A, SUBCATEGORIAS B1.2 y B1.4 y CATEGORIA B3
    El solicitante de una licencia deberá haber adquirido:
    • Tres años de experiencia práctica en el mantenimiento de aeronaves operativas si el solicitante
    no tiene una formación técnica relevante.
    • Dos años de experiencia práctica en el mantenimiento de aeronaves operativas si el solicitante
    tiene una formación considerada relevante por AESA. En este caso el solicitante tiene que
    superar los exámenes de los módulos correspondientes a la categoría o subcategoría que se
    pretende de acuerdo con el apéndice I de la Parte 66, en una organización de formación de
    mantenimiento Parte 147, o en los exámenes que realiza AESA.
    • Un año de experiencia práctica en el mantenimiento de aeronaves operativas si el solicitante ha
    realizado un curso de formación básica en una organización Parte 147.

    Qué diferencia hay entre el segundo y tercer punto?

    Gracias por todo.

    #1805 Responder
    Foto del avatarIRC
    Superadministrador

    Por un momento he decido valorar la opción de hacer un curso de formación, para el B1.2, ya que es el que menos tiempo me pide para la expedición de la licencia.

    He ojeado la lista de AESA de organizaciones de formación de mantenimiento parte 147 y me he quedado un poco frustrado. Resulta que de las 17 aprobadas en España, solo 3 tienen aprobación de B1.2. Luego he mirado de esas 3 y resulta que «Suravian» directamente no oferta el curso ya que se centra en B1.1 y B1.3. «Rosique Aircraft» solo he visto que imparte cursos de tipo para la Piper Pa-28 y «Senasa» aunque no he mirado creo que solo tendrá autorizado para el de tipo de la Socata TB-10.

    ¿Cómo se supone que puedo obtener una formación relevante en este sector? Directamente se espera que se haga por libre y adquiera la experiencia trabajando durante 3 años de «ayudante de» verdad?

    #1807 Responder
    Foto del avatarIRC
    Superadministrador

    Esto lo he sacado de la «Información nueva Parte 66 – Reglamento (UE) Nº 1149/20».
    Interesa sobre todo el siguiente extracto.

    PLAZO PARA DEMOSTRAR CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE
    FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

    Se introduce el requisito de plazos para demostración de cumplimiento con los requisitos de
    conocimiento y experiencia.

    Exámenes de formación básica

    Los cursos de formación y los exámenes se realizarán en los diez años anteriores a la solicitud de la
    licencia de mantenimiento de aeronaves o de la adición de una categoría o subcategoría a dicha
    licencia. Esta limitación no aplica, en el caso de extensión de una licencia, a los módulos /submodelos
    comunes que son parte de una categoría/subcategoría ya obtenida. (66.A.25 b)

    Los exámenes de formación básica que no cumplan con el requisito anterior podrán solicitar
    acreditación de examen. (66.A.25 c)

    Las acreditaciones de exámenes de formación básica expirarán diez años después de su concesión.
    Tras su expiración, se podrá solicitar nuevas acreditaciones que serán validas por un periodo adicional
    de 10 años. Si los requisitos de conocimientos básicos definidos en el apéndice I de la parte 66 no han
    cambiado, no será necesario realizar una reevaluación.(66.A.25 d)

    Se establecen periodos de espera para el examen de formación básica (Apéndice II Parte 66 1.11/12/13):
    – 90 días tras primer intento
    – 90 días tras segundo intento
    – 1 año tras tercer intento
    Los periodos de espera podrán ser reducidos a 30 días si la organización de formación Parte 147
    realiza un nuevo curso de formación adaptado a las materias suspendidas en el módulo.

    La acreditación de exámenes es el certificado de los módulos aprobados?

    #1810 Responder
    Foto del avatarTMAS Aviación
    Superadministrador

    El segundo punto se refiere a los CFGS (Cursos Formativos de Grado Superior) del ministerio de educación.

    No estoy seguro dado que se puede pedir un certificado en cualquier momento, probablemente la acreditación sea el justificante del resultado del examen.

    Si llamas a AESA te agradeceríamos todos si compartieses lo que te han dicho. Un saludo.

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